Madrid, 12 de mayo de
2020
Estimadas familias,
Con fecha 8 de mayo se ha
publicado la nueva Resolución conjunta
de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa por la
que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de
alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo
ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación
Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad de Madrid para el curso
2020/2021.
De acuerdo a la disposición
segunda apartado 1, las solicitudes de admisión serán presentadas con carácter
general, salvo imposibilidad técnica para poder hacerlo, de forma telemática.
¿QUIÉNES
DEBEN PARTICIPAR EN EL PROCESO DE ADMISIÓN?
Tienen que participar en el
proceso de admisión y presentar solicitud de admisión para el curso 2020/2021
los siguientes alumnos:
- Los que deseen acceder por primera vez a centros que
imparten Educación Infantil (3-6 años) o Educación Primaria en el curso
2020/2021.
-
Los que deseen acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan
Educación Secundaria Obligatoria.
-Los
alumnos que deseen cambiar de centro en cualquiera de los niveles y enseñanzas
del ámbito de aplicación de la presente Resolución.
¿CUÁNDO HAY QUE PRESENTAR LA SOLICITUD?
El plazo para la presentación de solicitudes de
participación en el proceso ordinario de admisión de alumnos para el curso
2020/2021 comprenderá del 19 de mayo al 5 de junio de 2020, ambas fechas
inclusive.
¿CÓMO SE PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD?
Debido a la situación de excepcionalidad derivada del
COVID-19, las solicitudes de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 serán
presentadas por vía telemática, y serán dirigidas al primer centro incluido en
la solicitud. Esta forma será la
preferible con el objetivo de evitar el desplazamiento al centro escolar y el
trato de documentos físicos para prevenir contagios.
Para la presentación de solicitudes por vía telemática
las familias utilizarán la Secretaría Virtual, que será accesible a través de internet,
página web de la Comunidad de Madrid:
En el caso de imposibilidad técnica,
podrá cumplimentar la SOLICITUD de ADMISIÓN en el enlace
de la página web reseñado arriba, accediendo al impreso de solicitud. Una vez
cumplimentado, deberá imprimirlo (3 copias) y entregarlo en el
centro educativo que solicita en primer lugar. Para aquellas familias
que no puedan imprimirlo, también se puede recoger las solicitudes en el
colegio durante el periodo de admisión sin previa cita.
La entrega de solicitudes de forma presencial se organizará
con un servicio de cita previa con el fin de evitar la concurrencia de muchas
personas a la vez en las dependencias del centro. Para solicitar cita deberán
escribir un correo electrónico a esta dirección:
Durante el proceso de admisión (19 de mayo al 5 de
junio) se podrán recoger las instancias de 09:00 a 13:00 h y se atenderá
telefónicamente las dudas que puedan tener al respecto en el teléfono del
centro 91 7757114.
Si no desean desplazarse por criterios de seguridad
sanitaria, la administración ha habilitado otras formas de presentación
preferibles.
-
Mediante la utilización del certificado digital.
- A
través del sistema de identificación electrónica cl@ve.
-Acceso
sin
certificado digital a través de un registro en el sistema informático
en el que se recogerán los siguientes campos: DNI, Nombre y apellidos, teléfono
móvil, correo electrónico, clave y pregunta de seguridad. El registro se
activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su
DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que
se incorporan al sistema educativo este año.
-Acceso
a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las
familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a
Secretaria Virtual con dichas credenciales. Con el fin de facilitar la
utilización de esta opción, los centros podrán generar las credenciales de
acceso a los progenitores o tutores legales que aún no dispongan de las mismas.
¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA A LA HORA DE
COMPLETAR LA SOLICITUD?
La solicitud de admisión será cumplimentada por ambos
padres, madres o representantes legales del alumno, salvo si se acredita la
imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad. En
las solicitudes cuyos nombres y apellidos incluyan partículas, deben grabarse
tal y como aparezcan en los documentos oficiales: DNI, NIE o Libro de Familia.
Para
facilitar la participación de las familias en el proceso de admisión y la
presentación de solicitudes de admisión por vía telemática se van a incrementar
las opciones y posibilidades de acceso a la Secretaría Virtual, que podrá
realizarse mediante la utilización, por cada uno de los padres, tutores o
representantes legales, de alguno de ellos:
Además del centro solicitado en primera opción, en la
solicitud podrán incluirse de forma priorizada hasta otros cinco centros
educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido.
En el caso de aquellos alumnos que están obligados a ser escolarizados o
cambiar de centro para el próximo curso es conveniente valorar la posibilidad
de solicitar varios centros.
¿CÓMO SE VAN A BAREMAR LAS SOLICITUDES
PARA ADJUDICAR PLAZA ESCOLAR?
Las solicitudes ordinarias de admisión serán
recuperadas y consolidadas por el centro solicitado en primer lugar a través de
la aplicación Raíces. Dicho centro baremará tanto los criterios comunes de
admisión como los criterios específicos de admisión aplicables al centro. Los
criterios de baremación están recogidos en la Resolución citada al principio de
la circular en el Anexo I.
Son criterios comunes a efectos de baremación aquellos cuya puntuación no varía para los distintos
centros incluidos en la solicitud: condición de familia numerosa, condición de
perceptor de la Renta Mínima de Inserción (RMI), condición de discapacidad de
algún progenitor o hermano del solicitante.
Son criterios específicos a efectos de baremación aquellos cuya
puntuación puede variar de un centro a otro para una misma solicitud:
proximidad del domicilio familiar o laboral al centro (en el caso de que la
puntuación a obtener varíe con respecto al centro solicitado en primera
opción), hermanos matriculados o padres, madres o representantes legales que
trabajen en el centro, condición de antiguo alumno, así como el criterio
complementario que permite al Consejo Escolar o titular del centro asignar un
punto adicional.
Solo serán baremados los criterios específicos para
cada centro que figuren en la solicitud de admisión y para los que se aporte
información que permita realizar la comprobación de las circunstancias alegadas
o, en su defecto, se aporte la correspondiente documentación justificativa. En el
caso de los siguientes criterios de baremación que tienen un carácter
específico para cada centro: hermanos matriculados o padres, madres o
representantes legales que trabajen en el centro, condición de antiguo alumno,
o el criterio complementario que permite al Consejo Escolar o Titular del
centro asignar un punto adicional, las familias señalarán en su solicitud el
centro o los centros para los que alegan alguno de dichos criterios y
adjuntarán la información que permita a los centros comprobar su veracidad.
Durante el proceso de baremación de solicitudes, los centros comprobarán y, en
su caso, validarán, la puntuación correspondiente a dicho criterio o criterios.
¿QUÉ SE DEBE HACER PARA REALIZAR UNA
RECLAMACIÓN AL BAREMO?
En cumplimiento del calendario recogido en el anexo
IV, una vez grabadas y analizadas las solicitudes, se hará público a través de
la Secretaría Virtual y página web del centro el listado provisional de alumnos
que han solicitado el centro en primera opción, así como el plazo de reclamación
a dicho listado. Las reclamaciones relativas a las solicitudes presentadas por
vía telemática serán presentadas a través de la Secretaría Virtual.
Posteriormente se hará público a través de la
Secretaría Virtual y página web de cada centro la información de las
puntuaciones globales provisionales obtenidas por cada una de las solicitudes
tanto en el propio centro como en el resto de centros incluidos en la
solicitud, así como el plazo de reclamación a dichos listados. Los listados
provisionales de solicitudes baremadas reflejarán, en su caso, el resultado de
las reclamaciones presentadas a las listas provisionales de alumnos
solicitantes en el centro. Las puntuaciones parciales de cada apartado podrán
consultarse por el solicitante a través de la Secretaría Virtual.
Las posibles reclamaciones a los listados
provisionales de puntuación de las solicitudes presentadas por vía telemática
serán presentadas por las familias a través de la Secretaría Virtual. Los
centros analizarán las reclamaciones que reciban y actualizarán, en su caso, a
través del sistema integral de gestión educativa Raíces la puntuación que
corresponda a los criterios baremados por el centro. Las reclamaciones al
listado provisional de baremación serán resueltas a través de la publicación
del listado de puntuaciones definitivas.
¿QUÉ CENTROS PUEDEN SE PUEDEN SOLICITAR
PARA LOS ALUMNOS DE 6º DEL CENTRO?
Con el fin de que las familias de
los alumnos de 6º puedan decidir si hacen uso de dicha prioridad de cara al
proceso de admisión para el curso 2020/2021, los centros de Educación
Secundaria adscritos a nuestro centro son:
- IES
Las Musas.
- IES
Alfredo Kraus.
- IES
Carlos III.
- IES
Gómez Moreno.
- IES
Francisco de Quevedo.
En el caso de los alumnos que solicitan plaza para los
IES al ser un centro de adscripción múltiple ordinaria, se tendrá en cuenta la
siguiente prioridad a la hora de adjudicar plaza:
1º Solicitudes que han pedido el centro en primera
opción.
2º
Solicitudes que han pedido el centro en otras opciones sin diferenciar por
orden de petición.
Las solicitudes serán ordenadas según la puntuación
obtenida en cada centro solicitado. En caso de empate en puntuación entre
varias solicitudes dentro del mismo grupo se aplicarán los criterios de
desempate recogidos en la normativa vigente.
Además del centro solicitado en primera opción, en la
solicitud podrán incluirse de forma priorizada hasta otros cinco centros
educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido.
En este apartado se incluyen tanto los institutos adscritos como cualquier
instituto sostenido con fondos públicos o colegios concertados. Para ellos
también se aplicarán los criterios de prioridad y el baremo recogido en la
Resolución de admisión.
¿QUÉ LISTADOS SE PUEDEN CONSULTAR?
En
síntesis, a lo largo del proceso de admisión se hará pública a través de la
página web de cada centro o, en su caso, de la Secretaría Virtual, la siguiente
información en las fechas que aparecen recogidas en el anexo IV:
Oferta
educativa de cada centro en las etapas sostenidas con fondos públicos antes
de comenzar el periodo de presentación y grabación de solicitudes.
Relación
alfabética de solicitudes recibidas, que solo incluirá a los solicitantes
que han presentado su solicitud en el centro en primera opción. Se mostrará
después de finalizar la grabación de solicitudes.
Relación
provisional baremada de alumnos solicitantes en el centro, tanto si lo han
solicitado en primera opción como si lo han solicitado en otras opciones. En su
caso, recogerá el resultado de las reclamaciones presentadas a la lista de
solicitudes recibidas. Incluirá la puntuación global, pudiéndose consultar la
puntuación desglosada para cada apartado a través de la Secretaría Virtual.
Listado
definitivo con las baremaciones de los alumnos solicitantes una vez
resueltas las posibles reclamaciones presentadas por las familias. Incluirá la
puntuación global, pudiéndose consultar la puntuación desglosada para cada
apartado a través de la Secretaría Virtual.
Resultado
de la adjudicación y reubicación automática de alumnos en cada centro.
Incluye a todos los solicitantes admitidos en el centro, tanto si lo
solicitaron en primera opción como si lo solicitaron en otro orden de prioridad
y han obtenido plaza en el centro.
Difusión a través de los
respectivos Servicios de Apoyo a la Escolarización de los listados de
adjudicación de plaza escolar al alumnado no admitido en ninguno de los centros
solicitados y que haya tenido que ser escolarizado por los Servicios de
Apoyo a la Escolarización.
Con el fin de facilitar a las familias que no puedan
acceder a la Secretaría Virtual la información correspondiente exclusivamente a
su respectiva solicitud de admisión, una vez acreditada su identidad ante el
centro, dichas familias podrán contactar a través de correo electrónico o, en
su caso, por vía telefónica, con los centros sostenidos con fondos públicos,
que dispondrán de información no publicable referida a la baremación de
solicitudes de alumnos ordinarios o a la propuesta de escolarización en el
centro de los alumnos que presentan necesidades educativas especiales.
CALENDARIO DE ACTUACIONES
19 de mayo a 5 de junio de 2020
|
Plazo de presentación de solicitudes para el proceso
ordinario de admisión.
Las solicitudes se presentarán telemáticamente salvo caso de imposibilidad técnica por parte de las familias en cuyo caso se presentarán en el primer centro incluido en la solicitud. |
10 de junio de 2020
|
Se hacen públicos a
través de la Secretaría Virtual y la página web de los centros los listados provisionales de
todos los alumnos que han solicitado el centro en primera opción.
Los Servicios de Apoyo a la Escolarización (SAE) responsables de la escolarización de los alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE) elaboran el listado de solicitudes de admisión recibidas para dicho perfil. |
11 y12 de junio de 2020
|
Plazo
de reclamación a
través de la Secretaría Virtual de
los listados
provisionales de alumnos solicitantes presentados por
vía telemática
|
16 de junio de 2020
|
Se hace pública,
a través de la Secretaría Virtual y la página web de los centros, la
información provisional con la
puntuación obtenida por los solicitantes de plazas
ordinarias que incluirá el resultado de las reclamaciones presentadas al
listado de solicitantes.
|
17, 18 y 19 de junio de 2020
|
Plazo de reclamaciones a
través de la Secretaría Virtual a las puntuaciones provisionales obtenidas
en cada centro incluido en las solicitudes ordinarias de admisión.
|
24 de junio de 2020
|
Publicación del listado definitivo de puntuación de
solicitudes ordinarias baremadas una vez revisadas las reclamaciones
recibidas.
|
30 de junio de 2020
|
Se hace pública a través de
la Secretaría Virtual y la página web de cada centro la
información sobre los alumnos
admitidos en cada centro ya sean solicitantes de primera
opción o solicitantes en otras opciones que hayan obtenido plaza.
|
Hasta 10 de julio de 2020
|
Adjudicación de plaza escolar por
los SAE al alumnado que no
haya podido ser admitido en ninguna de las opciones
solicitadas y que deba ser escolarizado.
|
1 a 15 de julio de 2020
|
Plazo
de matriculación en
los centros de Educación Infantil
y Primaria.Plazo de matriculación en los
centros de Educación Secundaria.
|
La comprobación y, en su caso, reclamación a las
puntuaciones provisionales obtenidas por cada solicitante tiene una importancia
esencial en el proceso de admisión. Las puntuaciones definitivas finalmente
obtenidas serán utilizadas por la aplicación Raíces para la adjudicación de
plaza escolar en cada centro. Por ello, los centros y las familias pondrán
especial atención en el proceso de baremación de las solicitudes presentadas
así como, en su caso, de las posibles reclamaciones presentadas a las puntuaciones
provisionales.
Un cordial
saludo.
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