martes, 12 de mayo de 2020

CIRCULAR ADMISIÓN 2020/2021



Madrid, 12 de mayo de 2020
Estimadas familias,

Con fecha 8 de mayo se ha publicado la nueva Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad de Madrid para el curso 2020/2021.
De acuerdo a la disposición segunda apartado 1, las solicitudes de admisión serán presentadas con carácter general, salvo imposibilidad técnica para poder hacerlo, de forma telemática.

¿QUIÉNES DEBEN PARTICIPAR EN EL PROCESO DE ADMISIÓN?
Tienen que participar en el proceso de admisión y presentar solicitud de admisión para el curso 2020/2021 los siguientes alumnos:
- Los que deseen acceder por primera vez a centros que imparten Educación Infantil (3-6 años) o Educación Primaria en el curso 2020/2021.
- Los que deseen acceder a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria.

-Los alumnos que deseen cambiar de centro en cualquiera de los niveles y enseñanzas del ámbito de aplicación de la presente Resolución.


¿CUÁNDO HAY QUE PRESENTAR LA SOLICITUD?

El plazo para la presentación de solicitudes de participación en el proceso ordinario de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 comprenderá del 19 de mayo al 5 de junio de 2020, ambas fechas inclusive.


¿CÓMO SE PUEDE PRESENTAR LA SOLICITUD?

Debido a la situación de excepcionalidad derivada del COVID-19, las solicitudes de admisión de alumnos para el curso 2020/2021 serán presentadas por vía telemática, y serán dirigidas al primer centro incluido en la solicitud.  Esta forma será la preferible con el objetivo de evitar el desplazamiento al centro escolar y el trato de documentos físicos para prevenir contagios.

Para la presentación de solicitudes por vía telemática las familias utilizarán la Secretaría Virtual, que será accesible a través de internet, página web de la Comunidad de Madrid:

En el caso de imposibilidad técnica, podrá cumplimentar la SOLICITUD de ADMISIÓN en el enlace de la página web reseñado arriba, accediendo al impreso de solicitud. Una vez cumplimentado, deberá imprimirlo (3 copias) y entregarlo en el centro educativo que solicita en primer lugar. Para aquellas familias que no puedan imprimirlo, también se puede recoger las solicitudes en el colegio durante el periodo de admisión sin previa cita.
La entrega de  solicitudes de forma presencial se organizará con un servicio de cita previa con el fin de evitar la concurrencia de muchas personas a la vez en las dependencias del centro. Para solicitar cita deberán escribir un correo electrónico a esta dirección:


Durante el proceso de admisión (19 de mayo al 5 de junio) se podrán recoger las instancias de 09:00 a 13:00 h y se atenderá telefónicamente las dudas que puedan tener al respecto en el teléfono del centro 91 7757114.


Si no desean desplazarse por criterios de seguridad sanitaria, la administración ha habilitado otras formas de presentación preferibles.

- Mediante la utilización del certificado digital.
- A través del sistema de identificación electrónica cl@ve.
-Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático en el que se recogerán los siguientes campos: DNI, Nombre y apellidos, teléfono móvil, correo electrónico, clave y pregunta de seguridad. El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que se incorporan al sistema educativo este año.
-Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales. Con el fin de facilitar la utilización de esta opción, los centros podrán generar las credenciales de acceso a los progenitores o tutores legales que aún no dispongan de las mismas.


¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA A LA HORA DE COMPLETAR LA SOLICITUD?

La solicitud de admisión será cumplimentada por ambos padres, madres o representantes legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad. En las solicitudes cuyos nombres y apellidos incluyan partículas, deben grabarse tal y como aparezcan en los documentos oficiales: DNI, NIE o Libro de Familia.
Para facilitar la participación de las familias en el proceso de admisión y la presentación de solicitudes de admisión por vía telemática se van a incrementar las opciones y posibilidades de acceso a la Secretaría Virtual, que podrá realizarse mediante la utilización, por cada uno de los padres, tutores o representantes legales, de alguno de ellos:


Además del centro solicitado en primera opción, en la solicitud podrán incluirse de forma priorizada hasta otros cinco centros educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido. En el caso de aquellos alumnos que están obligados a ser escolarizados o cambiar de centro para el próximo curso es conveniente valorar la posibilidad de solicitar varios centros.


¿CÓMO SE VAN A BAREMAR LAS SOLICITUDES PARA ADJUDICAR PLAZA ESCOLAR?

Las solicitudes ordinarias de admisión serán recuperadas y consolidadas por el centro solicitado en primer lugar a través de la aplicación Raíces. Dicho centro baremará tanto los criterios comunes de admisión como los criterios específicos de admisión aplicables al centro. Los criterios de baremación están recogidos en la Resolución citada al principio de la circular en el Anexo I.

Son criterios comunes a efectos de baremación aquellos cuya puntuación no varía para los distintos centros incluidos en la solicitud: condición de familia numerosa, condición de perceptor de la Renta Mínima de Inserción (RMI), condición de discapacidad de algún progenitor o hermano del solicitante.

Son criterios específicos a efectos de baremación  aquellos cuya puntuación puede variar de un centro a otro para una misma solicitud: proximidad del domicilio familiar o laboral al centro (en el caso de que la puntuación a obtener varíe con respecto al centro solicitado en primera opción), hermanos matriculados o padres, madres o representantes legales que trabajen en el centro, condición de antiguo alumno, así como el criterio complementario que permite al Consejo Escolar o titular del centro asignar un punto adicional.

Solo serán baremados los criterios específicos para cada centro que figuren en la solicitud de admisión y para los que se aporte información que permita realizar la comprobación de las circunstancias alegadas o, en su defecto, se aporte la correspondiente documentación justificativa. En el caso de los siguientes criterios de baremación que tienen un carácter específico para cada centro: hermanos matriculados o padres, madres o representantes legales que trabajen en el centro, condición de antiguo alumno, o el criterio complementario que permite al Consejo Escolar o Titular del centro asignar un punto adicional, las familias señalarán en su solicitud el centro o los centros para los que alegan alguno de dichos criterios y adjuntarán la información que permita a los centros comprobar su veracidad. Durante el proceso de baremación de solicitudes, los centros comprobarán y, en su caso, validarán, la puntuación correspondiente a dicho criterio o criterios.


¿QUÉ SE DEBE HACER PARA REALIZAR UNA RECLAMACIÓN AL BAREMO?

En cumplimiento del calendario recogido en el anexo IV, una vez grabadas y analizadas las solicitudes, se hará público a través de la Secretaría Virtual y página web del centro el listado provisional de alumnos que han solicitado el centro en primera opción, así como el plazo de reclamación a dicho listado. Las reclamaciones relativas a las solicitudes presentadas por vía telemática serán presentadas a través de la Secretaría Virtual.

Posteriormente se hará público a través de la Secretaría Virtual y página web de cada centro la información de las puntuaciones globales provisionales obtenidas por cada una de las solicitudes tanto en el propio centro como en el resto de centros incluidos en la solicitud, así como el plazo de reclamación a dichos listados. Los listados provisionales de solicitudes baremadas reflejarán, en su caso, el resultado de las reclamaciones presentadas a las listas provisionales de alumnos solicitantes en el centro. Las puntuaciones parciales de cada apartado podrán consultarse por el solicitante a través de la Secretaría Virtual.

Las posibles reclamaciones a los listados provisionales de puntuación de las solicitudes presentadas por vía telemática serán presentadas por las familias a través de la Secretaría Virtual. Los centros analizarán las reclamaciones que reciban y actualizarán, en su caso, a través del sistema integral de gestión educativa Raíces la puntuación que corresponda a los criterios baremados por el centro. Las reclamaciones al listado provisional de baremación serán resueltas a través de la publicación del listado de puntuaciones definitivas.


¿QUÉ CENTROS PUEDEN SE PUEDEN SOLICITAR PARA LOS ALUMNOS DE 6º DEL CENTRO?

Con el fin de que las familias de los alumnos de 6º puedan decidir si hacen uso de dicha prioridad de cara al proceso de admisión para el curso 2020/2021, los centros de Educación Secundaria adscritos a nuestro centro son:

-       IES Las Musas.
-       IES Alfredo Kraus.
-       IES Carlos III.
-       IES Gómez Moreno.
-       IES Francisco de Quevedo.

En el caso de los alumnos que solicitan plaza para los IES al ser un centro de adscripción múltiple ordinaria, se tendrá en cuenta la siguiente prioridad a la hora de adjudicar plaza:

1º Solicitudes que han pedido el centro en primera opción.
2º Solicitudes que han pedido el centro en otras opciones sin diferenciar por orden de petición.

Las solicitudes serán ordenadas según la puntuación obtenida en cada centro solicitado. En caso de empate en puntuación entre varias solicitudes dentro del mismo grupo se aplicarán los criterios de desempate recogidos en la normativa vigente.

Además del centro solicitado en primera opción, en la solicitud podrán incluirse de forma priorizada hasta otros cinco centros educativos sostenidos con fondos públicos en los que se solicita ser admitido. En este apartado se incluyen tanto los institutos adscritos como cualquier instituto sostenido con fondos públicos o colegios concertados. Para ellos también se aplicarán los criterios de prioridad y el baremo recogido en la Resolución de admisión.


¿QUÉ LISTADOS SE PUEDEN CONSULTAR?
En síntesis, a lo largo del proceso de admisión se hará pública a través de la página web de cada centro o, en su caso, de la Secretaría Virtual, la siguiente información en las fechas que aparecen recogidas en el anexo IV:

Oferta educativa de cada centro en las etapas sostenidas con fondos públicos antes de comenzar el periodo de presentación y grabación de solicitudes.
Relación alfabética de solicitudes recibidas, que solo incluirá a los solicitantes que han presentado su solicitud en el centro en primera opción. Se mostrará después de finalizar la grabación de solicitudes.
Relación provisional baremada de alumnos solicitantes en el centro, tanto si lo han solicitado en primera opción como si lo han solicitado en otras opciones. En su caso, recogerá el resultado de las reclamaciones presentadas a la lista de solicitudes recibidas. Incluirá la puntuación global, pudiéndose consultar la puntuación desglosada para cada apartado a través de la Secretaría Virtual.
Listado definitivo con las baremaciones de los alumnos solicitantes una vez resueltas las posibles reclamaciones presentadas por las familias. Incluirá la puntuación global, pudiéndose consultar la puntuación desglosada para cada apartado a través de la Secretaría Virtual.
Resultado de la adjudicación y reubicación automática de alumnos en cada centro. Incluye a todos los solicitantes admitidos en el centro, tanto si lo solicitaron en primera opción como si lo solicitaron en otro orden de prioridad y han obtenido plaza en el centro.
Difusión a través de los respectivos Servicios de Apoyo a la Escolarización de los listados de adjudicación de plaza escolar al alumnado no admitido en ninguno de los centros solicitados y que haya tenido que ser escolarizado por los Servicios de Apoyo a la Escolarización.

Con el fin de facilitar a las familias que no puedan acceder a la Secretaría Virtual la información correspondiente exclusivamente a su respectiva solicitud de admisión, una vez acreditada su identidad ante el centro, dichas familias podrán contactar a través de correo electrónico o, en su caso, por vía telefónica, con los centros sostenidos con fondos públicos, que dispondrán de información no publicable referida a la baremación de solicitudes de alumnos ordinarios o a la propuesta de escolarización en el centro de los alumnos que presentan necesidades educativas especiales.

CALENDARIO DE ACTUACIONES

19 de mayo a 5 de junio de 2020
Plazo de presentación de solicitudes para el proceso ordinario de admisión.
Las solicitudes se 
presentarán telemáticamente salvo caso de imposibilidad técnica por parte de las familias en cuyo caso se presentarán en el primer centro incluido en la solicitud.
10 de junio de 2020
Se hacen públicos a través de la Secretaría Virtual y la página web de los centros los listados provisionales de todos los alumnos que han solicitado el centro en primera opción.
Los Servicios de Apoyo a la Escolarización (SAE) responsables de la escolarización de los alumnos con Necesidades Educativas Especiales (NEE) elaboran el listado de solicitudes de admisión recibidas para dicho perfil.
11 y12 de junio de 2020
Plazo de reclamación a través de la Secretaría Virtual de los listados provisionales de alumnos solicitantes presentados por vía telemática
16 de junio de 2020
Se hace pública, a través de la Secretaría Virtual y la página web de los centros, la información provisional con la puntuación obtenida por los solicitantes de plazas ordinarias que incluirá el resultado de las reclamaciones presentadas al listado de solicitantes.
17, 18 y 19 de junio de 2020
Plazo de reclamaciones a través de la Secretaría Virtual a las puntuaciones provisionales obtenidas en cada centro incluido en las solicitudes ordinarias de admisión.
24 de junio de 2020
Publicación del listado definitivo de puntuación de solicitudes ordinarias baremadas una vez revisadas las reclamaciones recibidas.
30 de junio de 2020
Se hace pública a través de la Secretaría Virtual y la página web de cada centro la información sobre los alumnos admitidos en cada centro ya sean solicitantes de primera opción o solicitantes en otras opciones que hayan obtenido plaza.
Hasta 10 de julio de 2020
Adjudicación de plaza escolar por los SAE al alumnado que no haya podido ser admitido en ninguna de las opciones solicitadas y que deba ser escolarizado.
1 a 15 de julio de 2020
Plazo de matriculación en los centros de Educación Infantil y Primaria.Plazo de matriculación en los centros de Educación Secundaria.

La comprobación y, en su caso, reclamación a las puntuaciones provisionales obtenidas por cada solicitante tiene una importancia esencial en el proceso de admisión. Las puntuaciones definitivas finalmente obtenidas serán utilizadas por la aplicación Raíces para la adjudicación de plaza escolar en cada centro. Por ello, los centros y las familias pondrán especial atención en el proceso de baremación de las solicitudes presentadas así como, en su caso, de las posibles reclamaciones presentadas a las puntuaciones provisionales.
Un cordial saludo.
El Equipo Directivo     


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